Por Lucía Seery
El martes 10 de junio de 2025, la Corte Suprema de la Justicia de la Nación confirmó la condena a seis años de prisión e inhabilitación a ocupar cargos públicos de por vida a Cristina Fernández de Kirchner por la denominada causa Vialidad.
La investigación iniciada en 2016 por presuntos delitos de corrupción en la adjudicación de obras públicas durante su mandato culminó con el rechazo del último recurso de la defensa de la ex presidenta, en la cual se pedía que se revisaran las pruebas y la nulidad del proceso, reafirmando aquella condena dada a conocer en 2022. En el fallo, firmado por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, la Corte señaló, como respuesta al recurso presentado por la defensa de la ex presidenta, que “no se ha demostrado mínimamente la conformación de alguno de los supuestos habilitantes de la competencia extraordinaria de esta Corte”.
Medios, línea editorial y libertad de prensa
El fallo tuvo una repercusión inmediata tanto en el plano judicial como en el político, pero también expuso el rol que los medios de comunicación asumen frente a hechos de esta magnitud. Las líneas editoriales y las decisiones éticas influyen directamente en la forma en que los hechos públicos son contados.
“La Corte Suprema confirmó la condena a Cristina Kirchner a prisión y no podrá ser candidata”, tituló la noticia el diario La Nación y Clarín redactó bajo el rótulo de “La Corte ratificó el fallo de Vialidad: Cristina Kirchner no podrá ser candidata e irá presa por corrupción”. Mientras que Página/12 utilizó la palabra “proscripción” en el titular: “La Corte Suprema proscribió a Cristina Kirchner en la Causa Vialidad”.
Los tres medios presentaron el mismo hecho judicial; pero con distintos focos a partir de sus posiciones ideológicas. Estas coberturas, aunque totalmente opuestas, son legítimas en tanto se ejerce el derecho a buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de cualquier índole, constituyendo la libertad de expresión, y formando parte de una prensa plural, como se especifica en el Artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica). Sin embargo, cuando el enfoque sobre la noticia no busca comprender el hecho en su complejidad; sino, imponer una mirada cerrada, puede aparecer la falta de objetividad como un esfuerzo de narrar los hechos con equilibrio y responsabilidad: Página/12 interpreta el fallo como una decisión política que busca impedir la participación de CFK en próximas elecciones como es la proscripción, mientras que Clarín y La Nación lo presentan como un castigo justo por corrupción, dando por hecho su encarcelamiento. Desde algunas interpretaciones, de esta forma puede quedar vulnerada la potestad del público a una información veraz, plural, contextualizada y equilibrada.
La ética periodística no exige una verdad absoluta, pero sí una búsqueda honesta y responsable de la verdad. Lo importante es cómo se construye la noticia, respetando principios básicos del periodismo, como no prejuzgar ni exagerar, informar con precisión y separar información de opinión, aunque los diarios tengan líneas editoriales marcadas, lo cual no está mal si no afecta a la información.
La primicia, el interés comercial, la información espectacularizada
La noticia fue titular de inmediato y revolucionó las coberturas de los principales medios del país. Muchos de ellos priorizaron el impacto visual y narrativo por sobre el análisis. En este sentido, se observó una clara tensión en el periodismo que se vio atravesado por el predominio de la primicia y el interés comercial, por sobre el rigor informativo y el respeto por el derecho del público a entender. Esto recae en la necesidad de los lectores a tener que acudir a varios diarios para estar correctamente informados.
Acá se detecta claramente la diferencia entre el rol del periodista y el objetivo del medio: el primero tiene un interés en sostener su integridad y su ética profesional, evitando caer en la espectacularización de la noticia, el prejuzgamiento o la difusión de información no verificada, mientras que el medio exige inmediatez, impacto y, en ocasiones- titulares sensacionalistas para atraer al público.
Este modelo de cobertura, basado en la urgencia, arriesga la calidad informativa y genera una forma de noticia rápida que puede desinformar. Titulares como el de Clarín, que afirmaban que CFK “irá presa por corrupción”, omitieron mencionar que el tipo de cumplimiento de la pena aún no estaba resuelto, que finalmente fue prisión domiciliaria, lo cual demuestra una cobertura apurada y con falta de precisión. Esto vulnera directamente el derecho a la información ya que este es un bien social, no una mercancía, como lo aclara el manual de la Unión de Trabajadores de Prensa de Buenos Aires.
Para concluir, el tratamiento mediático del fallo contra Cristina Fernández de Kirchner en la causa Vialidad evidenció las profundas tensiones que atraviesan al periodismo argentino: la influencia de las líneas editoriales, la presión del mercado y la responsabilidad ética del periodista. Aunque los distintos enfoques utilizados por los medios se enmarcan dentro del derecho a la libertad de expresión y reflejan la coexistencia de medios con diferentes miradas, también dejaron a la luz la fragilidad de ciertos principios fundamentales.
Cuando los medios priorizan la primicia, el impacto o el interés comercial por encima del análisis y la verificación rigurosa, se pone en riesgo el derecho de la ciudadanía a acceder a una información veraz, contextualizada y equilibrada. El caso CFK demostró que, más allá del hecho judicial, lo que está en juego es la calidad del debate público. En tiempos de polarización y fragmentación informativa, el desafío no es eliminar las diferencias editoriales, sino garantizar que todos los enfoques respeten un mismo compromiso ético: ofrecer al público herramientas para pensar por sí mismo, con información precisa, completa y honesta.
FUENTES
Apuntes de ética y deontología periodística de Héctor O. Becerra.
https://www.pagina12.com.ar/832856-la-corte-suprema-proscribio-a-cristina-kirchner
https://www.lanacion.com.ar/politica/la-corte-suprema-confirmo-la-condena-a-cristina-kirchner-a-prision-y-no-podra-ser-candidata-nid10062025/
https://www.clarin.com/politica/corte-ratifico-fallo-vialidad-cristina-kirchner-podra-candidata-ir-presa-corrupcion_0_3Tx8nax7kk.html